Divorcio notarial

¿Qué es el Divorcio Notarial?

Es la terminación del matrimonio civil o la cesación de los efectos civiles de la unión marital de hecho. Cuando el matrimonio es eclesiástico o fue celebrado por otra religión reconocida por el Estado, tambien se conoce como cesación de los efectos civiles del matrimonio religioso; ambos pueden adelantarse en la Notaría Única la Plata Huila siempre que exista mutuo acuerdo entre las partes.

Ley 962 de 2005, decreto 4436 del mismo año.

Preguntas frecuentes

Cuando no se puede llegar ante un acuerdo por alguna de las partes involucradas en la intensión de divorcio, este deberá adelantarse ante un juez.

El acuerdo suscrito por los conyuges, debe expresar claramente la decisión conjunta de llevar a cabo el trámite de divorcio ante la Notaría Única la Plata Huila. También debe incluir la definición de las obligaciones alimentarias entre los cónyuges; el estado en que se encuentra la sociedad conyugal o patrimonial e informar sobre la existencia de hijos menores; si la conyugue se encuentra embarazada.

En este documento se deben regular los siguientes aspectos frente a los hijos menores:

  • La forma en que los padres contribuirán a la crianza, educación y establecimiento de la prole.
  • Quién tendrá la custodia y el cuidado personal de los hijos.
  • El régimen de alimentos o cuota alimentaria que comprende la educación, recreación, vestido, vivienda y salud; e indicar lugar y forma de pago.
  • El régimen de visitas con la periodicidad de las mismas.
  • Régimen de vacaciones, cumpleaños, navidad y fin de año, etc.

Sí se puede. Para esto la solicitud debe ir acompañada de:

  • Inventario de activos y pasivos.
  • Escritura o título de la propiedad de los inmuebles que hacen parte de la liquidación.
  • Paz y salvo de impuesto predial y valorización.
  • Avalúos.
  • Certificado de las deudas sociales.

Requisitos

  • Debe hacerse a través de abogado.

  • Poder de los cónyuges debidamente autenticado.

  • Copia auténtica del registro civil de matrimonio.

  • Copia auténtica de los registros civiles de nacimiento de los cónyuges, con nota marginal de matrimonio. 

  • Copia de la cédula de ciudadanía de los cónyuges.

  • Si existen hijos menores, copia de los registros civiles de nacimiento.

  • Solicitud del trámite de divorcio, presentada por el apoderado de los cónyuges.

  • Acuerdo de alimentos respecto de la pareja, si subsiste la obligación; la manifestación de voluntad de divorciarse o la cesación de los efectos civiles; según el caso; presentado personalmente por ellos.

  • Acuerdo de alimentos respecto de los hijos menores, suscrito y presentado personalmente por los cónyuges.

  • Registro Civil de Nacimiento con notas marginales de matrimonio
  • Tarjeta de identidad de los  hijos mayores 7 años.
  • Acta de conciliación celebrada ante Defensor del I.C.B.F. o Comisario de Familia.
  • Paz y salvo de impuesto predial, valorización y administración, en caso que hayan inmuebles.
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