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- Categoría: Tramites y servicios Notariales
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La autorización a los menores para que puedan salir del país se hace de dos maneras:
1. Llenar y autenticar el formato diseñado para el efecto por Migración Colombia.
2. Mediante escritura pública otorgada por uno o los dos padres y puede tener el caracter de permanente.
En cualquiera de las dos formas se requiere:
Cédula de los padres, representantes legales o tutores.
Registro civil de nacimiento del menor reciente.
Registro de defunción del padre fallecido si es del caso.
Sentencia de designación del curador.
Transparencia y acceso a información pública
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Artículos 9°, 10 y 11 de la Ley 1712 de 2014
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Registro de Activos de Información
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El índice de Información Clasificada y Reservada
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El Esquema de Publicación de Información
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El Programa de Gestión Documental.
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Las Tablas de Retención Documental.
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Informe de solicitudes de acceso a la información
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Costos de reproducción de la información pública
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Transparencia